Servicio de Grúa y Auxilio Mecánico: Lo que tenés que saber!

Volver Al Menú En estos días, es noticia a nivel nacional el tema del servicio de grúa vinculado a las pólizas del seguro automotor. Como muchos nos consultaron al respecto, y dada la cantidad de información y desinformación principalmente, queremos compartir con ustedes, donde está ubicado con precisión el tema, y el contexto. El viernes 26 de abril, la SSN publicó en el Boletín Oficial la resolución 271/2024, la cual dispone que las aseguradoras SOLO van a estar OBLIGADAS a brindar la prestación del servicio de asistencia por auxilio mecánico o remolque, ante la ocurrencia de un SINIESTRO, que impidan el uso del vehículo (Choque, Robo con Aparición, Hurto, incendio). La norma fija un PLAZO de 90 días para que las compañías aseguradoras implementen la adecuación de los contratos a la nueva normativa. Como ya sabrán, este tema lo venimos tratando hace mucho tiempo, y esta resolución seguramente busca terminar con el gran problema que estaban atravesando los usuarios, quienes en muchos casos hemos tenido que esperar hasta 8 horas por un remolque, ya que los prestadores de estos servicios, no brindaban una atención acorde a las necesidades de los mismos. Esta problemática ya tiene más de una década, y la principal causa es que la cantidad de grúas, no acompañó el crecimiento del parque automotor, agravándose con la pandemia. HASTA EL MOMENTO NO EXISTE NINGUNA DECLARACION OFICIAL DE LAS COMPAÑIAS QUÉ TRAMIENTO LE DARAN AL TEMA, EN CUANTO A LA PRESTACIÓN POR AVERIA. POR LO PRONTO, HASTA QUE LA PÓLIZA NO TERMINE LA VIGENCIA, LAS COMPAÑIAS ESTAN OBLIGADAS A SEGUIR BRINDÁNDOLO. Presumimos que las aseguradoras, como viene escuchándose off de record a algunos directivos de las mismas, decidirán en conjunto NO seguir brindando el servicio ante AVERIAS. Si bien el costo del servicio por vehículo es despreciable, porque es capitado por las prestadoras (Ej SOS), el gasto global es muy importante. La industria aseguradora no escapa a la situación del país, sumado a que en su momento fueron obligadas a comprar bonos soberanos, y hoy su cotización es al 20% de su valor nominal, entre otros factores desviados. En definitiva hoy se debe volver a las fuentes, para que las compañías se ocupen de su solvencia, y destinen sus recursos para pagar rápido y bien los siniestros, protegiendo el patrimonio de los asegurados. Para vuestra tranquilidad, como lo hemos hecho siempre, inmediatamente a disponer de información oficial, estaremos compartiéndola con ustedes. A su vez. ya estamos en análisis de la oferta de Servicio de Asistencia al Vehículo, para poder ofrecerles una solución confiable, a bajo costo, y de mejor calidad a la actual. Volver Al Menú
Imputaron a un hombre que denunció robos falsos para cobrar dinero de dos aseguradoras!

Volver Al Menú La identidad del sujeto no ha trascendido. Pero sí se sabe que esta falsa víctima quedó imputada por los delitos de «falsa denuncia y estafa» por haber hecho una decena de denuncias por robo en el transcurso del año pasado, todas similares entre sí: en todos los casos argumentaba haber sido abordado al llegar a su domicilio y haberle robado sus elementos personales como notebooks, consolas de videojuegos, celulares, dinero en efectivo y ropa, o bien haber sido violentado su vehículo, agregándole a lo sustraído las cubiertas. Según fuentes policiales, estas denuncias levantaron sospecha por la similitud de unas con otras, siempre en circunstancias muy parecidas y con autores que el hombre no podía describir con precisión. Por lo cual, el pasado viernes 5 de enero por la tarde, personal policial perteneciente a la Comisaría 4ª del Municipio de General Pueyrredón le tomó una declaración por la denuncia realizada el último 10 de agosto, cuando supuestamente habría sufrido un robo por parte de tres hombres al ingresar a su casa de calle Bolívar al 4.700 de la ciudad de Mar del Plata. En el marco de la dicha declaración, se le consultó al hombre sobre las restantes denuncias y confesó que dos de ellas fueron realizadas para cobrar dinero en dos compañías de seguros de bancos privados, el BBVA y el Supervielle. Ante esta situación, el personal policial informó el hecho al fiscal David Bruna de la Fiscalía 10 de Delitos Económicos de la ciudad balnearia, quién ordenó que se notifique al hombre de la formación de causa por los mencionados delitos de «falsa denuncia y estafa». Además, la Justicia deberá avanzar sobre las restantes denuncias con el fin de corroborar la veracidad o la falsedad de los hechos. Asimismo, se constató que el imputado ya poseía procesos penales por estafa y también por encubrimiento. Volver Al Menú
Imputaron a un hombre que denunció robos falsos para cobrar dinero de dos aseguradoras

La identidad del sujeto no ha trascendido. Pero sí se sabe que esta falsa víctima quedó imputada por los delitos de «falsa denuncia y estafa» por haber hecho una decena de denuncias por robo en el transcurso del año pasado, todas similares entre sí: en todos los casos argumentaba haber sido abordado al llegar a su domicilio y haberle robado sus elementos personales como notebooks, consolas de videojuegos, celulares, dinero en efectivo y ropa, o bien haber sido violentado su vehículo, agregándole a lo sustraído las cubiertas. Según fuentes policiales, estas denuncias levantaron sospecha por la similitud de unas con otras, siempre en circunstancias muy parecidas y con autores que el hombre no podía describir con precisión. Por lo cual, el pasado viernes 5 de enero por la tarde, personal policial perteneciente a la Comisaría 4ª del Municipio de General Pueyrredón le tomó una declaración por la denuncia realizada el último 10 de agosto, cuando supuestamente habría sufrido un robo por parte de tres hombres al ingresar a su casa de calle Bolívar al 4.700 de la ciudad de Mar del Plata. En el marco de la dicha declaración, se le consultó al hombre sobre las restantes denuncias y confesó que dos de ellas fueron realizadas para cobrar dinero en dos compañías de seguros de bancos privados, el BBVA y el Supervielle. Ante esta situación, el personal policial informó el hecho al fiscal David Bruna de la Fiscalía 10 de Delitos Económicos de la ciudad balnearia, quién ordenó que se notifique al hombre de la formación de causa por los mencionados delitos de «falsa denuncia y estafa». Además, la Justicia deberá avanzar sobre las restantes denuncias con el fin de corroborar la veracidad o la falsedad de los hechos. Asimismo, se constató que el imputado ya poseía procesos penales por estafa y también por encubrimiento. Fuente: https://100seguro.com.ar/
Servicio de Grúa y Auxilio Mecánico: Lo que tenés que saber

En estos días, es noticia a nivel nacional el tema del servicio de grúa vinculado a las pólizas del seguro automotor. Como muchos nos consultaron al respecto, y dada la cantidad de información y desinformación principalmente, queremos compartir con ustedes, donde está ubicado con precisión el tema, y el contexto. El viernes 26 de abril, la SSN publicó en el Boletín Oficial la resolución 271/2024, la cual dispone que las aseguradoras SOLO van a estar OBLIGADAS a brindar la prestación del servicio de asistencia por auxilio mecánico o remolque, ante la ocurrencia de un SINIESTRO, que impidan el uso del vehículo (Choque, Robo con Aparición, Hurto, incendio). La norma fija un PLAZO de 90 días para que las compañías aseguradoras implementen la adecuación de los contratos a la nueva normativa. Como ya sabrán, este tema lo venimos tratando hace mucho tiempo, y esta resolución seguramente busca terminar con el gran problema que estaban atravesando los usuarios, quienes en muchos casos hemos tenido que esperar hasta 8 horas por un remolque, ya que los prestadores de estos servicios, no brindaban una atención acorde a las necesidades de los mismos. Esta problemática ya tiene más de una década, y la principal causa es que la cantidad de grúas, no acompañó el crecimiento del parque automotor, agravándose con la pandemia. HASTA EL MOMENTO NO EXISTE NINGUNA DECLARACION OFICIAL DE LAS COMPAÑIAS QUÉ TRAMIENTO LE DARAN AL TEMA, EN CUANTO A LA PRESTACIÓN POR AVERIA. POR LO PRONTO, HASTA QUE LA PÓLIZA NO TERMINE LA VIGENCIA, LAS COMPAÑIAS ESTAN OBLIGADAS A SEGUIR BRINDÁNDOLO. Presumimos que las aseguradoras, como viene escuchándose off de record a algunos directivos de las mismas, decidirán en conjunto NO seguir brindando el servicio ante AVERIAS. Si bien el costo del servicio por vehículo es despreciable, porque es capitado por las prestadoras (Ej SOS), el gasto global es muy importante. La industria aseguradora no escapa a la situación del país, sumado a que en su momento fueron obligadas a comprar bonos soberanos, y hoy su cotización es al 20% de su valor nominal, entre otros factores desviados. En definitiva hoy se debe volver a las fuentes, para que las compañías se ocupen de su solvencia, y destinen sus recursos para pagar rápido y bien los siniestros, protegiendo el patrimonio de los asegurados. Para vuestra tranquilidad, como lo hemos hecho siempre, inmediatamente a disponer de información oficial, estaremos compartiéndola con ustedes. A su vez. ya estamos en análisis de la oferta de Servicio de Asistencia al Vehículo, para poder ofrecerles una solución confiable, a bajo costo, y de mejor calidad a la actual. Como siempre si tienen alguna duda, pueden comunicarse por WhatsApp al 2214002008 . Estamos a su disposición para responder cualquier tipo de consulta o inquietud
VIDA Y RETIRO
SEGURO DE VIDA Seguro de vida individuales: La principal función de este seguro es permitirle al grupo familiar, ante la desaparición de la cabeza económica de la familia, poder afrontar un período prudencial con tranquilidad financiera, a fin de tomar decisiones dentro de un marco de serenidad, que de otro modo desembocaría generalmente en el desprendimiento de patrimonio por necesidad y/o muy por debajo del valor real del mercado. Las pólizas de riesgo puro cubren los riesgos de fallecimiento e invalidez parcial o total permanente. También se pueden agregar los riesgos de diagnósticos de enfermedades críticas, trasplantes, doble pago por fallecimiento por accidente, etc. Los seguros de vida para la generación de ahorro permiten, durante un período de tiempo pactado o abierto, acumular fondos, los cuales son invertidos, y al cabo del tiempo generar un ahorro para ser destinados a una utilización libre. Seguro de vida colectivo: Cumplen la función, como todo seguro de vida, de proteger económicamente a los beneficiaros designados por el asegurado ante su desaparición. Requieren la existencia de un conjunto de personas que reúnan alguna característica que los agrupe (por ejemplo, socios de un club, empleados de una empresa, afiliados a una organización, padres de alumnos, etc.) Es un mecanismo que permite abaratar los costos frente a la modalidad particular, cubriendo los mismos riesgos que el seguro de vida individual. Dentro de los seguros de vida colectivos, se encuentran también los seguros societarios, que establecen, contractualmente, que ante el fallecimiento y posterior cobro del beneficio establecido, los derecho habientes del socio fallecido, automáticamente, transfieren al resto de los socios el capital accionario que les correspondía. SEGURO DE RETIRO Herramienta de ahorro individual simple y de bajo riesgo.Puede constituirse para concretar un determinado proyecto, para complementar la jubilación o para estar preparado para imprevistos futuros. Retiro individual: Plan flexible donde los aportes no son obligatorios en el monto ni en frecuencia, pudiéndose adaptar libremente a la conveniencia de cada asegurado. Se pueden suspender los aportes (en forma temporaria o definitiva), disminuir la cuota, aportar la cuota sugerida, aumentar la cuota o realizar aportes extraordinarios. Retiro programado para eventos y logros Plan diseñado para acumular un fondo que permita financiar el pago de la universidad, un posgrado, viaje de egresados, cumpleaños de 15, etc. Se adapta a conformar un fondo que permita afrontar determinados gastos o inversión a partir de los beneficios que brindan los aportes periódicos y la capitalización a interés compuesto.
INTEGRAL DE COUNTRIES
INTEGRAL DE COUNTRIES Seguro destinado a cubrir los bienes muebles e inmuebles de propiedad del countrie, y de uso común por los propietarios e inquilinos.Los barrios privados se caracterizan por su tranquilidad y seguridad, por lo que este producto los integra y complementa, ya que le brinda una amplia cobertura de responsabilidad civil extracontractual con una gran variedad de adicionales, que se detallan a continuación: Coberturas Indispensables Incendio Robo Contenido Cristales Responsabilidad Civil Comprensiva Coberturas Complementarias Daños por acción del agua u otras sustancias Dinero de expensas en poder de la administración Dinero en caja fuerte o cajón mostrador Equipos electrónicos Adicionales de Responsabilidad Comprensiva Actividades Deportivas y/o recreativas Peloteros y otros juegos Piletas de natación Árboles Guarda de vehículos
INTEGRAL DE CONSORCIOS
INTEGRAL DE CONSORCIOS Actividades asegurables: Consorcios ocupados por familias Consorcios ocupados por familias y/u oficinas Consorcios ocupados por familias y/u oficinas y/o locales en planta baja Coberturas básicas: Incendio de edificio Fuego, rayo o explosión Tumulto popular, huelga o lock-out Vandalismo o malevolencia Impacto de aeronaves y vehículos Humo Granizo Huracán, ciclón o tornado Remoción de escombros Derrumbe Incluye responsabilidad civil múltiple Básica Incendio, explosión, descargas eléctricas, escape de gas Carteles, letreros y/u objetos afines Ascensores y montacargas Instalaciones de vapor, agua caliente o aceite Piletas de natación Armas de fuego Instalaciones, montajes y/o refacción del edificio Coberturas opcionales Daños materiales al contenido Robo al contenido Daños al edificio Cristales Daños por agua Daños e incendio por terremoto Guarda de vehículos a título no oneroso * Bienes asegurables: Protección del activo Partes comunes de edificios Mobiliarios propiedad del consorcio Cristales Protección del pasivo Responsabilidad civil
RC DRONES
RC DRONES Quedan cubiertos el asegurado indicado en póliza y la persona (piloto de mando) que manipula los mandos de vuelo del vehículo aéreo pilotado a distancia. Características y Uso del Vehículo Aéreo Pilotado a Distancia Hasta 10 Kilogramos de peso vacío. Uso Comercial. Uso Recreativo o Deportivo. Cobertura Básica RC por Lesiones y/o Muerte de terceros. RC por Daños materiales a cosas de terceros. Cobertura Adicional RC por actividades deportivas, recreativas y acrobáticas.
MÁS SIMPLE
MÁS SIMPLE Con “Más Simple”, podrás combinar libremente distintas coberturas para tus bienes en función de tus necesidades.La principal ventaja radica en la economicidad, y el fácil acceso y combinación de las pólizas. LA MÁS SIMPLE Y MEJOR FORMA DE CUBRIR LOS PEQUEÑOS RIESGOS Productos combinables libremente Integración de coberturas en función a cada necesidad Asociación de cuotas y unificación fechas de pago Requisitos sencillos y fácil acceso a las coberturas Bajos costos mensuales con cobertura adecuada a cada riesgo Coberturas disponibles Kayak Bicicletas Accidentes personales Palos de Golf Seguro Técnico Salud Surf Robo de identidad Resp. Civil profesionales de Salud Smartphone Raquetas Incendio Cristales Tecnología Portatil Transporte Rollers Bolsos Protección Cajeros Vida Sepelio
AP DEPORTIVO
AP DEPORTIVO El producto ampara a las personas nominadas mientras se encuentren desarrollando entrenamientos o prácticas deportivas no profesionales, en las instalaciones que el contratante tiene para tales fines, extendiéndose la cobertura cuando los mismos participen en torneos en otras ubicaciones, siempre que lo hagan en una misma jornada, en representación y con autorización del contratante. El producto está destinado a Clubes Deportivos, Asociaciones Civiles y de Fomento, Federaciones y Escuelas Deportivas, etc Deportes y Disciplinas Acrobacia en telas (Hasta 6 mts. de altura) Maratón Basquet Mountain bike Ciclismo Natación Danza Patín Duatlón Remo Equinoterapia Rugby Fútbol Karate / Tae-Kwon-Do (Se excluyen las competencias) Futsal Softball Gimnasia artística Tenis Handball Triatlón Hockey Voley Golf Cobertura básica Muerte Accidental Invalidez Total o Parcial Permanente Asistencia Médica / Farmacéutica Adicional Viajes